¿Que es el Montepío de Teléfonos? ¿Quien y como pueden afiliarse? Cuotas Montepío Estructura Organizativa

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES Y MONTEPÍO DE TELÉFONOS, MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL A PRIMA FIJA

En Madrid, a 16 de Noviembre de 2005

De una parte, D. Juan Higueras Pérez, en calidad de Presidente del Montepio de Teléfonos Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, (en adelante MONTEPÍO DE TELÉFONOS) con domicilio en Madrid Calle Valverde número 17 - 1º y con CIF:G28974392

Y de otra. D. José Perea Sainero, en nombre y representación de CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD (en adelante CAJA ESPAÑA), con CIF nº G-24219891 y domicilio en León, "Edificio Botines" de Gaudí, Plaza de San Marcelo nº 5. En virtud de las facultades conferidas en escritura otorgada por el Notario D. José-María Sánchez Llorente el día 04 de Abril de 2002, con el ´º de su protocolo 806. Esta escritura se inscribió en el Registro Mercantil de León el día 17 de Mayo de 2002: Inscripción: 2.188, Tomo: 903 General, Folio: 127, Hoja: L-203.

EXPONEN

  1. El MONTEPÍO DE TELÉFONOS, es una asociación privada sin ánimo de lucro, que ejerce una actividad de previsión social basada en  los principios de suficiencia económica y solidaridad y ayuda recíproca entre sus socios para, mediante aportaciones directas de los mismos o de otras Entidades o personas protectoras, operando fundamentalmente a prima fija, ofrecer cobertura a los mutualistas y sus beneficiarios, frente a circustancias o acontecimientos de carácter fortuito y previsible, otorgándoles prestaciones económicas o de servicios, complementarias, compatibles e independientes de las que constituyen los sistemas de previsión de la Seguridad Social Pública, aunque operando fuera del marco de la misma.

    Que el MONTEPÍO DE TELÉFONOS, dentro de su vocación de prestación de servicios y en el marco del Reglamente de Prestaciones Sociales, tiene entre sus objetivos llegar a Acuerdos y Convenios de colaboración con Empresas e Instituciones, con los siguientes fines:

    * Obtener condiciones preferentes, en productos y servicios bancarios/financieros, tanto para sus afiliados como para la propia Asociación.

  2. CAJA ESPAÑA es una Institución benéfico social de crédito popular, de carácter privado, basada en una actividad económico-financiera, sin ánimo de lucro, particularmente dedicada a colaborar con Empresas, Organismos e Instituciones en el cumplimento de sus fines sociales y con el objeto de ayudar a mejorar la gestión, productividad y desarrollo tecnológico.
  3. Ambas entidades, poniendo de manifiesto su coincidencia de objetivos y de la voluntad de concurrir a su consecución.

ACUERDAN

Suscribir el presente Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA: ÁMBITO DE ACTUACIÓN

El ámbito de actuación del presente Convenio será a nivel Nacional

SEGUNDA: BENEFICIARIOS

Podrán acogerse al mismo los afiliados al MONTEPÍO DE TELÉFONOS

TERCERA: ACREDITACIÓN DE AFILIADOS

Para acceder a las condiciones preferentes de productos y servicios, indicados en el presente Convenio, será requisito necesario certificado expedido por el MONTEPÍO DE TELÉFONOS, que acredite pertenecer al mismo con todos los derechos a la fecha.

CUARTA: PRODUCTOS Y SERVICIOS

CAJA ESPAÑA desarrollará una tarjeta de Afinidad Mastercard, modalidad "revolving" Premium Gold, con pago aplazado, con logo del MONTEPÍO DE TELÉFONOS y nº de afiliado en el anverso de la tarjeta.

Las características principales de la tarjeta serán:

  • Tarjeta de Crédito con pago aplazado (modalidad "revolving"), con un interés del 1% mensual, calculado desde el día de la compra.
  • Funciona como un préstamo al consumo en plástico y servirá tanto para compras como para disposiciones en efectivo a crédito.
  • Devolución del 5% del importe de la primera compra que se realice con la tarjeta, con un máximo de 30€, y devolución del 1% del importe del resto de las compras, no acumulables entre sí, ambas hasta el 31 de Diciembre de 2005, revisable. Caja España tiene vocación de mantener y promover acciones comerciales preferentes destinadas a los titulares de la tarjeta Premium Gold y que irá actualizando, en forma de campañas puntuales.
  • El titular elige entre dos opciones de amortización mensual:
    • Tarifa Plana: elige el importe que desea pagar mensualmente, con un mínimo de 25 €, que nunca será inferior al 2% del límite del crédito concedido.
    • Tarifa Cómoda: elige el porcentaje de la deuda que desea pagar mensualmente, con un mínimo de 25 €, que nunca será inferior al 2% de la deuda  contraida.
  • Límites de Crédito: estandar: 3.000 €, máximo: 30.000 €.
  • Cuotas de emisión y de mantenimiento gratuitas.
  • Comisión por cancelación de la deuda: 2%
  • Comisión por disposición de efectivo en Cajeros Automáticos de Caja España: 1%, mínimo 1 €.
  • Seguro Gratuito de accidentes por muerte o invalidez de hasta 12.000 €. Y otro de accidentes durante el viaje pagado con la tarjeta de hasta 300.500 €. Además, cobertura contra fraude, robo o extravío desde el primer euro.
  • Los titulares de esta tarjeta participarán en todas las campañas promocionales que CAJA ESPAÑA realice con sus tarjetas (sorteos, Puntos Caja España, etc.).
  • Posibilidad de domiciliación externa.

    Dado que se trata de un convenio de colaboración y difusión, el MONTEPÍO no responderá por las deudas que a nivel individual puedan tener sus afiliados en relación con la tarjeta de Crédito y en el marco de colaboración contemplado en este convenio.

QUINTA: APORTACIÓN DE CAJA ESPAÑA

CAJA ESPAÑA realizará una aportación económica en función del volumen de compras que realicen las tarjetas, el cual será abonado en la cuenta del MONTEPÍO en CAJA ESPAÑA, concretándose en un porcentaje anual sobre dicho volumen, con las siguientes condiciones:

  • Facturación entre 0 € y 100.000 € en un año: devolución del 1,5  %.
  • Facturación entre 100.001 € y 250.000 € en un año: devolución del 2,0 %.
  • Facturación entre 250.001 € y 500.000 € en un año: devolución del 3,0 %.
  • Facturación entre 500.001 € y 750.000 € en un año: devolución del 4,0 %.
  • Facturación de más de 750.001 € en un año: devolución del 5,0 %.

SEXTA: DIFUSIÓN

Ambas entidades intervinientes se comprometen a dar la publicidad necesaria al presente Convenio entre las sucursales de CAJA ESPAÑA y los afiliados del MONTEPÍO, en este caso, mediante publicación de las ventajes del acuerdo en la revista del MONTEPÍO denominada "REMONTE", a fin de facilitar en todo lo posible el acceso de tales afiliados a sus beneficios.

El MONTEPÍO actuará activamente en la captación de tarjetas entre sus afiliados. Todos los miembros de la Junta Directiva del MONTEPÍO contratarán la citada tarjeta.

SÉPTIMA: ATENCIÓN PERSONALIZADA

Con la periodicidad que se requiera en cada caso, un Asesor de CAJA ESPAÑA se desplazará al domicilio del MONTEPÍO con el fin de atender cuantas citas se hubieran establecido con anterioridad con relación al desenvolvimiento del presente Convenio.

OCTAVA: COMITÉ DE SEGUIMIENTO

Se creará un Comité de Seguimiento del presente Convenio, formado por las personas que las partes determinen y cuya reunión será al menos trimestral, a fin de velar por el correcto desarrollo del mismo y acometer el estudio de nuevas líneas de colaboración dirigidas a establecer otros Convenios u ofertas complementarias de éste con productos y servicios no recogidos en el mismo y que las necesidades financieras del sector o la coyuntura del mercado aconsejen.

Dichas ofertas complementarias, una vez definidas por el Comité de Seguimiento, deberán para su eficacia ser incorporadas a los correspondientes anexos y suscritas por representantes de ambas entidades.

NOVENA: DURACIÓN

El período de vigencia del presente Convenio será de dos años, entendiéndose prorrogado por sucesivos períodos de un año mediante acuerdo tácito de las partes, salvo denuncia expresa con 30 días de antelación a su vencimiento, por cualesquiera de ellas.

En prueba de conformidad y de perfecta buena fe, firman el presente documento los comparecientes en nombre de las Entidades que representan, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha expresados al inicio.

 

PRODUCTOS EN CONDICIONES PREFERENTES PARA ASOCIADOS AL MONTEPÍO DE TELÉFONOS

Ventajas por Domiciliación Nómina - Subrogación Hipoteca sin ningún gasto
(gastos de notaría, registro y gestoría asumidos por la Caja) (PDF 132 Kb)

 

Cuenta Vivienda T-Enteras - Hipoteca T-Enteras - Préstamo Estudios - Préstamo Postgrado
(PDF 130 Kb)

 
Caja España se reserva el derecho a analizar y evaluar individualmente la solicitud de los servicios expuestos en esta oferta y mantener o modificar, tanto al alza como a la baja, las condiciones de los productos ofertados en función de la situación del mercado. Resto de condiciones en estándar. Condiciones válidas hasta el 31 de Diciembre de 2008.
Para cualquier consulta le atenderemos en MADRID-C/ Fuencarral nº 120 , Madrid - Telf.: 91 591 31 43, LAS TABLAS - C/ Palas de Rey, 26 - Telf.: 91 750 56 74, o en cualesquiera de las 600 oficinas de CAJA ESPAÑA


Caja España     902 365 024     www.cajaespana.es

               

 
Pagina nueva 1
 

 MONTEPIO DE TELEFONOS MUTUALIDAD DE PREVISION SOCIAL A PRIMA FIJA

SEDE CENTRAL
C/ Valverde, 17 - 1º
28004 Madrid
Telf.: 91 531 80 31 - 91 531 80 70

  OFICINA LAS TABLAS
Distrito C
Edificio Servicios . Plta. 0
Ronda de la Comunicación s/n
28050 – Madrid
Tel.: 91 727 04 04 - 91 727 04 05
©2001-2009 C.I.V.E., S.L. Todos los derechos reservados.