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NORMAS
PARA LA ADJUDICACIÓN DE APARTAMENTOS Y BALNEARIOS 2008 |
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1º.-
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Estar
al corriente de pago tanto de las cuotas como de otras
obligaciones con el Montepío de Teléfonos. |
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2º.-
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Tendrán
preferencia los afiliados que no hayan disfrutado nunca
de otros apartamentos o balnearios en el Montepío de Teléfonos. |
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3º.- |
No
haber renunciado, en caso de haberle sido concedido. |
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4º.- |
Antigüedad
como asociado en este Montepío de Teléfonos.
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Las
renuncias se cubrirán con las solicitudes de los
asociados que no hayan resultado beneficiados en primer
lugar aunque cumplan los requisitos 2º y 3º.
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CONDICIONES
GENERALES
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Las solicitudes deberán
de formularse a través de los impresos que corresponden
a cada actividad. |
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Los asociados agraciados,
deberán ingresar el importe correspondiente, en el
plazo y entidad bancaria que se les indique en la
comunicación de adjudicación. Si en el plazo
mencionado no se ha realizado el ingreso, se
considerará que renuncia a las plazas adjudicadas. El
ingreso deberá ser justificado antes de la fecha límite
de pago. Las incidencias que
puedan surgir sobre la interpretación de las condiciones
generales de utilización o normas para la adjudicación
serán resueltas por la Junta Directiva. |
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ANULACIONES
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En caso de anulación por
parte del adjudicatario una vez efectuado el ingreso, el
Montepío de Teléfonos procederá a la devolución de
las siguientes cantidades:
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- Hasta 15 días
antes de la fecha de la actividad, el 75%.
- Hasta 10 días
antes de la fecha de la actividad, el 50%.
- Con menos de 10
días, no se procederá a devolución alguna.
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